En un escrit presentat ahir a Presidència de la Generalitat Valenciana, al Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, i al president del Consell Jurídic Consultiu (CJC), Círcul Cívic ha exigit la derogació de l´AVL en base al incompliment de varios artículs de la seua pròpia Llei de Creació, aixina com de lo establit en el dictamen de creació emés pel Consell Valencià de Cultura (CVC) i en el mateix Estatut d´Autonomia de la Comunitat Valenciana.
Transcripció del document presentat per CCV:
Solicitamos
la inmediata derogación de la AVL por lo siguientes motivos:
1.
Lejos de cumplir su función de desactivar el conflicto sociocultural
y lingüístico valenciano, toma posiciones parciales, desoye la
voluntad mayoritaria del pueblo valenciano y de los agentes
socioculturales netamente valencianos. Finalmente, el resultado es
que se agrava el conflicto, no obtiene un amplio consenso, y no
cumple las expectativas de la sociedad valenciana.
Definició de "valencià" que fa l´AVL |
2.
Estableciendo que "...la
llengua pròpia i his
tòrica dels valencians, des del punt de vista
de la filologia, és també la que compartixen les comunitats
autònomes de Catalunya i de les Illes Balears i el Principat
d´Andorra...
...Els
diferents parlars de tots estos territoris constituïxen una llengua,
és a dir, un mateix "sistema lingüístic"...",
contraviene claramente la propia Ley de Creación de la entidad y el
Estatut d´Autonomia de la Comunitat Valenciana, que establece en su
artículo sexto que el valenciano es la lengua propia de la Comunitat
Valenciana, otorgándole a éste la categoría que le corresponde, la
de idioma, no la de dialecto o variedad diatópica de ningún sistema
lingüístico superior. Contraviene
la realidad al afirmar que “el
valenciano, idioma histórico y propio de la Comunidad Valenciana,
forma parte del sistema lingüístico que los correspondientes
Estatutos de autonomía de los territorios hispánicos de la antigua
Corona de Aragón, reconocen como lengua propia”.
El Estatut valenciano no reconoce el catalán como lengua propia.
3.
Al analizar el artículo 3 de la Ley de Creación de la AVL, “la
Academia Valenciana de la Lengua es la institución que tiene por
función determinar y elaborar, en su caso, la normativa lingüística
del idioma valenciano. Así como, velar por el valenciano partiendo
de la tradición lexicográfica, literaria, y la realidad lingüística
genuina valenciana, así como, la normativización consolidada, a
partir de las llamadas Normas de Castellón”
observamos nuevas incongruencias:
¿Normativización
consolidada a partir de las Bases de Castellón? El artículo 3 es
perfectamente invalidable: si existe una normativa reciente, que ha
gozado de consolidación y oficialidad, es la normativa de la RACV,
conocida como Normas del Puig. La Ley de Creación de la AVL no puede
ignorar esa circunstancia y tomar partido por unas bases ortográficas
que jamás han tenido oficialidad ni aceptación mayoritaria de la
sociedad valenciana, y sólo han sido utilizadas y defendidas en
entornos minoritarios afines al pancatalanismo.
Pero
más sangrante es ver cómo la normativa de la AVL y su tristemente
recién estrenado diccionario normativo no parten en absoluto de la
tradición lexicográfica, literaria, ni la realidad lingüística
valenciana. Nos dicta la AVL que palabras (por poner algunos ejemplos
muy gráficos) como “giner” o “tipo” son coloquialismos, y
que la formas correctas son “gener” y “tipus”. De palabras
como “mosatros” o “atre” no hay ni rastro en el diccionario.
Sin embargo, no escuchará el lector en la calle ni leerá en ningún
texto no pasado por el tamiz de la normativización parcial a la que
nos someten nuestras propias instituciones, las palabras “altre”,
“nosaltres”, “gener” o “tipus”.
4.
Analizado el artículo 7 de la Ley de Creación de la AVL, que en su
sección d establece como función de la entidad “velar
por el uso normal del valenciano y defender su denominación y
entidad”,
podemos discernir que la entidad incumple flagrantemente una de sus
funciones primordiales, ya que en absoluto defiende la denominación
y entidad de la lengua valenciana.
No
defiende su denominación, ya que establece la doble denominación
valenciano – catalán y su uso indistinto. Pero esto es
consecuencia directa de no defender su entidad como lengua propia,
singular e independiente. A pesar de que el valenciano reúne todos y
cada uno de los
requisitos
que establece la ciencia filológica para ser considerado como
lengua: tradición literaria, normativa y diccionario propios, y
conciencia lingüística de sus hablantes. Jamás una variedad
dialectal de una lengua alcanzó una plenitud literaria tal que le
permitiera llegar a disfrutar de un Siglo de Oro. Ni es cierto que a
lo largo de la historia hayan coexistido las denominaciones de
valenciano y catalán para referirse a la misma lengua, como se
expresa en el dictamen fundacional de la AVL. Al contrario, existen
numerosas pruebas bibliográficas a lo largo de los siglos de
traducciones de una a otra lengua.
5.
El valenciano parece ser, para los “académicos” de la AVL, la
única lengua conocida a la cual se le atribuye la dualidad de ser al
mismo tiempo lengua y dialecto. Esta circunstancia, obviamente, es
imposible en términos científicos y reales. Pero el hecho de actuar
como agentes del pancatalanismo les conduce a mantener posiciones
inverosímiles, solo justificables políticamente.
6.
El criterio de inteligibilidad, relativa o absoluta, entre dos
lenguas no es tampoco argumento suficiente para afirmar su unidad.
¿En qué grado es capaz el lector de entender a un gallego o a un
italiano, sin ser ello condicionante para considerar que el
interlocutor habla la misma lengua?
7.
El valenciano está reconocido como lengua regional o minoritaria,
independiente del catalán, tanto en la Carta Europea de Lenguas
Minoritarias como en la Killilea Resolution de la UE. ¿Cómo es
posible que se otorgue mayor reconocimiento a la lengua de los
valencianos fuera que dentro de nuestras fronteras, y que no se
respete una singularidad idiomática reconocida nacional e
internacionalmente?
8.
El mismo presidente del CJC, sr. Garrido, que recientemente ha
declarado a petición del Consell que “el
valenciano será lo que la AVL diga que es”.
Sin embargo, en 2004, el mismo CJC presidido por el sr. Garrido
dejaba claro que la AVL no tiene entre sus competencias definir qué
es el valenciano, sino simplemente limitarse a realizar las funciones
descriptivas de la lengua valenciana atribuibles a una academia
lingüística. La AVL no realiza en absoluto esta función
descriptiva de la lengua, sino una función impositiva de un modelo
totalmente ajeno a la lengua que habla el pueblo valenciano.
9.
La creación de la AVL responde exclusivamente al resultado de una
negociación política entre partidos políticos de matriz no
valenciana, y nunca a la voluntad de los propios agentes y entidades
socioculturales valencianas.
Presupost de l´AVL per a 2014, assignat per la Generalitat Valenciana |
Círcul Cívic fara arribar este document, acompanyat de la documentació adicional necessària, també a totes aquelles institucions que puguen tindre veu i capacitat, per lo manco consultiva, en el conflicte sociocultural valencià, tant a nivell autonòmic com nacional i europeu.
La societat valenciana, a través de les entitats cíviques i culturals com CCV, ha d´exigir als poders públics la solució definitiva al genocidi llingüístic i cultural valencià que el nacionalisme català eixercix des de fa dècades.
La societat valenciana, a través de les entitats cíviques i culturals com CCV, ha d´exigir als poders públics la solució definitiva al genocidi llingüístic i cultural valencià que el nacionalisme català eixercix des de fa dècades.
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